La demanda, interpuesta por el despacho de abogados Castillo-Calvín, justifica la responsabilidad de la sanidad pública en la defectuosa asistencia prestada por retraso diagnóstico y terapéutico del síndrome de cauda equina que padecía la paciente. Esta actuación negligente le ha provocado un daño irreversible a la enferma, a quien se le ha reconocido una discapacidad del 69%.
Junto a la reclamación se acompañaba un dictamen pericial elaborado por un especialista en la materia que determina claramente la conducta culposa y negligente imputable al Servicio Andaluz de Salud, al determinar la existencia de un retraso en el diagnóstico y en el tratamiento que, si se hubiera realizado precozmente y sin esperar a que la patología evolucionara durante 48 horas, podría haber evitado las secuelas o, al menos, se habrían incrementado considerablemente las posibilidades de recuperación de la paciente.
El síndrome de cauda equina o cola de caballo, es una afección poco común pero grave y se trata de una presión extrema e hinchazón de los nervios que se encuentran al final de la médula espinal y se extienden hacia abajo en cada pierna. Esta patología, por lo general, requiere una descompresión quirúrgica de emergencia lo más rápidamente posible con el fin de reducir o eliminar la presión sobre el nervio.
Como quedó demostrado en el juicio, una vez establecida la lesión neurológica, el retraso en el tratamiento quirúrgico implicó una pérdida de oportunidad para la enferma. Señala a este respecto la sentencia: “… cabe concluir un déficit en la asistencia dispensada a la reclamante al demorar una operación que debía haber sido programada como urgente y debiera haber sido realizada de forma inminente ante el diagnóstico del síndrome de cola de caballo, por lo que ha de reconocerse la existencia de responsabilidad patrimonial de la Administración”.
Por este motivo el juzgado ha condenado al SAS a indemnizar a la afectada con 25.000 € más los intereses legales de demora generados desde la fecha en que se formuló la reclamación patrimonial.
