La crisis del cribado de cáncer de mama en Andalucía: preguntas y respuestas


En los últimos meses, el escándalo en torno a los fallos en el programa de cribado de cáncer de mama en Andalucía ha puesto en evidencia una serie de deficiencias organizativas que han afectado directamente a miles de mujeres. La situación es especialmente grave porque muchas de estas afectadas no solo han padecido retrasos en sus diagnósticos, sino que, en algunos casos, esa demora ha resultado en la progresión del cáncer y en daños irreparables en su salud y su vida. Desde Castillo-Calvín Abogados queremos responder a las dudas más frecuentes que muchas mujeres y familiares nos plantean.
¿Quiénes pueden reclamar?
Todas las mujeres que recibieron un resultado BI-RADS dudoso sin seguimiento adicional o que sufrieron retrasos en las pruebas complementarias tienen derecho a reclamar. Según los datos oficiales de la Junta de Andalucía, unas 2.000 mujeres han sido reconocidas como afectadas debido a los fallos en el proceso. Sin embargo, las estimaciones apuntan a que el número real de afectadas puede ser mucho mayor, dado que muchos casos aún no han sido oficialmente registrados o reclamados. La probabilidad de que en estas mujeres se desarrolle un cáncer de mama en los próximos años es clave para entender la dimensión de la problemática y determinar las acciones legales y médicas que corresponden.
¿Qué estrategia procesal es la más recomendable?
Mucho se habla de la diferencia entre presentar una demanda individual o una colectiva, y en nuestra experiencia, la opción más eficaz en casos como este es la acción individual. ¿Por qué? Porque cada mujer ha sufrido un daño concreto, diferente en intensidad, en tiempo y en consecuencias. Algunas afectadas solo experimentan angustia y una pérdida de confianza en el sistema, mientras que otras, las que finalmente han desarrollado cáncer, tienen derecho a reclamar daños patrimoniales y morales mucho más altos, derivados del retraso en su diagnóstico y las complicaciones posteriores. La jurisprudencia del Tribunal Supremo requiere que cada mujer pruebe de forma individualizada la relación entre la actuación u omisión de la Administración y el daño sufrido. La presentación de demandas individuales por cada afectada permite adaptar cada reclamación a las circunstancias específicas del caso particular. Además, facilita la cuantificación de la indemnización en función del daño real y el impacto en la vida de la afectada, mejor que una sola demanda colectiva, que tiende a diluir las particularidades de cada historia.
¿Qué pruebas son imprescindibles?
Uno de los aspectos más delicados en estas reclamaciones es la prueba de que el daño sufrido -ya sea angustia, pérdida de calidad de vida o daño físico- está directamente vinculado a la negligencia por parte del sistema sanitario. Para ello, es necesario organizar la documentación en tres bloques principales:
Primero, la documentación médica. Es fundamental contar con el informe mamográfico original en el que se clasificó como BI-RADS, junto con el historial clínico completo, donde debe quedar reflejada la falta de comunicación y citación para seguimiento. Además, los registros del propio programa de cribado, que acrediten que existieron fallos organizativos o errores en el proceso.
En segundo lugar, la prueba pericial. Un informe elaborado por un médico experto en radiología y oncología ayudará a establecer cuál sería el protocolo estándar de seguimiento en un caso como este y permitirá evaluar el impacto del retraso diagnóstico en el pronóstico de la paciente. La valoración pericial también debe apreciar qué evolución clínica habría sido posible si se hubieran cumplido los procedimientos adecuados en su momento.
Por último, las pruebas administrativas. Incluyen las comunicaciones oficiales de la Junta de Andalucía en las que se reconoce la existencia de fallos, los protocolos internos incumplidos y toda la correspondencia que pueda demostrar la omisión administrativa y su repercusión en la salud de la afectada.
Con estos tres pilares probatorios, es posible demostrar con solidez que la pasividad de la Administración ha causado un daño real y cuantificable y que, por tanto, procede la responsabilidad patrimonial.
¿Cuánto tiempo puede tardar una reclamación de responsabilidad sanitaria?
Nuestra experiencia indica que estos procedimientos suelen prolongarse entre tres y cinco años, desde la presentación de la reclamación administrativa hasta la resolución judicial definitiva. Después, hay que contemplar un período adicional para que la sentencia se ejecute y la indemnización llegue a las afectadas, que puede variar entre seis meses y un año más. Por supuesto, factores como la complejidad del caso, la carga de trabajo en los tribunales y la existencia de medidas cautelares pueden influir en estos plazos. No obstante, siempre aconsejamos a nuestras clientas tener en cuenta que, en estas causas, la paciencia y la perseverancia son esenciales, y que en todo caso, el retraso no puede justificar la indefensión de quienes han sufrido un daño grave que debe ser reparado.
¿Qué es el nexo causal?
El nexo causal es la relación directa de causa y efecto que debe existir entre la acción u omisión de la Administración y el daño que esa omisión ha producido. En términos simples: sin evidencia clara de que la negligencia ha causado el daño, no hay responsabilidad patrimonial. Este concepto puede complicarse cuando algunos jueces exigen una prueba matemática o científica de esa relación, y rechazan la existencia del nexo causal con argumentos excesivamente estrictos. Sin embargo, en casos de fallos en programas de cribado, la doctrina del Tribunal Supremo acepta que puede hablarse de pérdida de oportunidad: si se hubiera actuado correctamente, la probabilidad de detectar un cáncer a tiempo habría sido mayor, y la posibilidad de mejorar el pronóstico, por tanto, también. Además, la Constitución Española, en su artículo 43, garantiza el derecho a la salud en condiciones de igualdad y calidad. Por ello, la responsabilidad de la Administración no radica solo en una mala praxis, sino en un incumplimiento del deber de garantizar ese derecho fundamental.
¿Cómo se indemnizan los daños?
La falta de un baremo objetivo y específico en nuestro ordenamiento genera que las indemnizaciones puedan variar mucho en función de la opinión del juez y de las circunstancias concretas de cada caso. Esto genera inseguridad jurídica y puede dificultar la planificación de las reclamaciones, así como la defensa adecuada en los procesos. Por ello, en nuestro despacho defendemos que la mejor estrategia es fundamentar cada petición en precedentes judiciales conocidos, en informes periciales y psicológicos y en comparativas con casos similares, para establecer unos rangos indemnizatorios razonables y coherentes con la jurisprudencia.
En Castillo-Calvín abogados, contamos con más de 30 años de experiencia en la defensa de las víctimas de negligencias médicas y en la protección de sus derechos frente a la Administración. Nuestro compromiso es acompañar y asesorar cada caso con rigor, profesionalidad y sensibilidad. Si usted o un familiar ha sido afectada por fallos en el cribado de cáncer de mama en Andalucía, no dude en contactarnos para recibir la atención que merece. Consúltenos su caso sin compromiso.
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