Negligencia médica al confundir una hemorragia cerebral con una borrachera

Negligencia médica al confundir una hemorragia cerebral
Negligencia médica al confundir una hemorragia cerebral

Antecedentes del caso

El hijo de los reclamantes, sufrió un accidente de circulación cuando conducía el ciclomotor de su propiedad, golpeándose violentamente la cabeza contra el suelo. El accidentado fue diagnosticado inicialmente por los servicios del 061 de “Agitación psicomotriz, intoxicación etílica y herida inciso contusa en ceja izquierda”, administrándole un fármaco totalmente contraindicado en una persona que presenta intoxicación etílica, y cuya ingesta pudo favorecer el coma y la muerte.

El joven fue trasladado al Hospital Torrecárdenas de Almería, donde el diagnóstico erróneo de intoxicación etílica continuó siendo la única línea de tratamiento, lo que supuso un tratamiento negligente al no valorar la posibilidad de un traumatismo cráneo-encefálico (TCE) tras un accidente de tráfico. A pesar de la gravedad de la situación, el paciente no fue sometido a pruebas diagnósticas como una tomografía axial computarizada (TAC), ni se le realizó una simple radiografía del cráneo.

De esta manera, indican los abogados de la firma que "no se sospechó, ni diagnosticó (pese a que se tenía en el Hospital perfecto conocimiento de la virulencia del impacto en la cabeza, fruto de un accidente de tráfico), la existencia del grave traumatismo cráneo encefálico que presentaba. Éste le estaba ocasionando una gran hemorragia que fue la que finalmente le provocó la muerte, pues fue tratado exclusivamente en el Hospital como un caso de borrachera".

Negligencia Médica: Fallos diagnósticos y terapéuticos

La negligencia en este caso se configura en diversos aspectos:

1. Diagnóstico Incorrecto

Los profesionales sanitarios confundieron los síntomas del paciente, aparentemente agitado y desorientado, con los de una intoxicación etílica, ignorando la posibilidad de que estos pudieran ser también indicativos de un traumatismo craneoencefálico grave tras el accidente. Este error impidió la realización de pruebas complementarias necesarias que habrían confirmado la existencia de una lesión intracraneal y una hemorragia masiva.

2. Falta de Pruebas Diagnósticas

A pesar de los antecedentes del accidente y de la presencia de heridas visibles en la cabeza, el personal del hospital no realizó ninguna prueba diagnóstica de imagen (TAC o radiografías) que hubiera detectado la gravedad del TCE. Esta omisión es especialmente grave, dado que las lesiones craneoencefálicas requieren una atención inmediata para prevenir el aumento de la presión intracraneal y la hemorragia.

3. Falta de Monitorización

El paciente fue trasladado a la sala de observación sin estar conectado a un monitor cardíaco para controlar sus signos vitales. Por este motivo se desconoce el tiempo que estuvo en parada cardíaca, agonizando sin asistencia alguna, hasta que unos familiares se dieron cuenta de que no respiraba. La falta de asistencia en esos momentos críticos fue un factor decisivo en el desenlace fatal.

Causalidad y pérdida de oportunidad

Uno de los aspectos clave en la sentencia es la pérdida de oportunidad que sufrió el paciente. Según los informes periciales aportados durante el proceso judicial, el joven tenía una probabilidad de supervivencia estimada en un 33% si hubiera sido correctamente diagnosticado y tratado desde el principio. Aunque estas posibilidades de supervivencia eran bajas debido a la gravedad de las lesiones, el TSJA reconoce que la omisión de medidas diagnósticas y terapéuticas privó al paciente de esa posibilidad de recibir un tratamiento adecuado que podría haber salvado su vida, por lo que entiende que existió una "pérdida de oportunidad".

Por otro lado, el informe Médico-Forense de autopsia, estima que la causa fundamental del fallecimiento fue un “traumatismo cráneo-encefálico que condicionó la producción de una fractura en la fosa media de la base craneal acompañada de una gran hemorragia, constituyéndose ésta como causa inmediata de la muerte”.

Responsabilidad del Servicio Andaluz de Salud

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía resolvió que el SAS es responsable de la mala praxis cometida por el personal médico tanto de los servicios de emergencia como del hospital. La indemnización de 71.000 euros a los padres del fallecido refleja tanto la gravedad de la negligencia como el impacto emocional y el sufrimiento causado a la familia.

Esta indemnización fue fijada teniendo en cuenta la efectiva pérdida de oportunidad, es decir, que aunque las posibilidades de supervivencia del paciente fueran limitadas a consecuencia del grave accidente sufrido, existía un margen de actuación que, de haberse seguido el procedimiento correcto, podría haber evitado el desenlace fatal.

Jurisprudencia sobre la responsabilidad patrimonial de la Administración en casos de negligencia médica

Este caso se enmarca dentro de la amplia jurisprudencia que reconoce la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria en casos de negligencia médica. La doctrina del Tribunal Supremo ha sido clara al establecer que el incumplimiento de la lex artis, o la falta de diligencia en el tratamiento y diagnóstico de un paciente, genera responsabilidad por los daños causados. En casos de fallecimiento por negligencia médica, los tribunales suelen aplicar el criterio de la pérdida de oportunidad, considerando el impacto de la omisión en la posibilidad de salvar o mejorar la situación del paciente.

En la Sentencia se cita expresamente que, aunque la probabilidad de supervivencia era baja, que cifra en un 33%, conforme a las periciales aportadas, la omisión de un diagnóstico adecuado y la falta de tratamiento constituyeron factores clave que condujeron a la muerte del joven, privando a la familia de la oportunidad de evitar ese desenlace.

Conclusión

Este caso subraya la importancia de una correcta evaluación médica en situaciones de urgencia, especialmente cuando los síntomas pueden ser confundidos con otros cuadros clínicos. La falta de diagnóstico oportuno y de pruebas diagnósticas básicas en un paciente que había sufrido un accidente de tráfico grave es un ejemplo claro de negligencia médica.

La sentencia del TSJA pone de relieve la responsabilidad patrimonial de los servicios sanitarios en casos donde el incumplimiento de los protocolos médicos y la omisión de pruebas diagnósticas resulta en la muerte del paciente. El reconocimiento de la pérdida de oportunidad como criterio para determinar la cuantía indemnizatoria ofrece una vía para que las víctimas de negligencia médica obtengan una compensación por los daños sufridos, aunque las posibilidades de un resultado favorable hayan sido limitadas.

La negligencia médica en casos de hemorragia o derrame cerebral ocurre cuando no se diagnostica o trata de manera inmediata, aumentando el riesgo de daños cerebrales permanentes, discapacidad severa o incluso la muerte del paciente. En este caso se condena a la Administración sanitaria por no diagnosticar una hemorragia cerebral que los médicos de un Hospital de Almería confundieron con una intoxicación etílica provocando la muerte del paciente.

Negligencia médica al confundir una hemorragia cerebral
Negligencia médica al confundir una hemorragia cerebral

El propósito de una reclamación no es solo obtener una compensación justa para el paciente afectado, sino también mejorar los estándares de calidad en la atención médica. Las reclamaciones por negligencias médicas pueden motivar a los centros de salud y a los profesionales a ser más cuidadosos y responsables en sus diagnósticos y tratamientos, reduciendo así el riesgo de errores similares en el futuro y promoviendo una mejor atención para todos los pacientes.

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