Condena de 165.723 € por sufrimiento fetal
Indicadores de sufrimiento fetal ignorados
El registro cardiotocográfico realizado durante el parto mostró alteraciones en la frecuencia cardíaca fetal, lo que indicaba la presencia de sufrimiento fetal por falta de oxígeno (hipoxia grave). Debe destacarse que la hipoxia al acreditar una falta de oxígeno en el feto, requiere una intervención rápida para evitar daños irreversibles. A pesar de ello no se adoptaron medidas encaminadas a confirmar este diagnóstico de pérdida de bienestar fetal, o a finalizar el parto de forma precoz, mediante cesárea.
El SAS admitió que el retraso de al menos dos horas en resolver el parto, supuso la agravación de la hipoxia así como de las lesiones neurológicas de la recién nacida que podrían haberse evitado o, al menos, mitigado considerablemente con una actuación diligente. Igualmente reconoce que como consecuencia de ello ahora la niña presenta graves daños neurológicos, como parálisis cerebral, tetraparesia espástica y síndrome convulsivo neonatal, lo que acredita la negligencia médica cometida por el centro hospitalario.
Consecuencias legales e indemnización
La indemnización de 165.723 euros concedida por el SAS es un reconocimiento del error médico y de la negligencia en el proceso de atención sanitaria durante el parto. Esta compensación tiene como objetivo mitigar, en la medida de lo posible, el sufrimiento y las necesidades especiales que la niña y su familia enfrentarán a lo largo de su vida debido a las secuelas graves e irreversibles causadas por la hipoxia.
La indemnización, aunque significativa, no puede revertir el daño sufrido, pero al menos ofrece a la familia un reconocimiento de la responsabilidad por parte de la Administración y cierta ayuda para cubrir los costos que implica el cuidado de una niña con necesidades especiales.
Este caso ha sido considerado por la misma Administración como un claro ejemplo de mala praxis médica, ya que la atención proporcionada por el equipo sanitario no fue diligente ni acorde con los estándares que exige la lex artis ad hoc, y la falta de actuación inmediata cuando el bienestar fetal estaba en riesgo es una infracción grave de los protocolos médicos.
La importancia de la monitorización y la respuesta médica inmediata
El registro cardiotocográfico es una herramienta esencial para monitorizar el estado del feto durante el parto, y los signos de sufrimiento fetal no pueden ser ignorados. Cuando las alteraciones en la frecuencia cardíaca fetal indican una hipoxia, los protocolos médicos establecen la necesidad de actuar con rapidez, ya que cada minuto es crucial para evitar daños neurológicos graves.
En este caso, la falta de respuesta ante los claros signos de sufrimiento fetal no solo retrasó la resolución del parto, sino que aumentó considerablemente el riesgo de que la recién nacida sufriera daños permanentes por la falta de oxígeno. El retraso de dos horas en adoptar las medidas adecuadas, ya fuera una cesárea de urgencia o el uso de otras técnicas para acelerar el parto, fue determinante para el desenlace fatal en términos de salud neurológica de la niña.
Reflexión sobre la responsabilidad en los partos de riesgo
Este caso subraya la importancia crítica de una atención médica adecuada en los partos de riesgo y la necesidad de que los profesionales de la salud actúen con rapidez y precisión cuando el bienestar fetal está en juego. Los protocolos de monitorización fetal son esenciales para identificar problemas como la hipoxia, y las decisiones médicas deben tomarse con diligencia cuando se presentan complicaciones.
La negligencia médica en el parto por sufrimiento fetal es debido en este caso a una hipoxia grave detectada en los registros tocográficos, a pesar de lo cual no se tomaron las medidas necesarias para acelerar el parto ni se le practicó una cesárea de urgencia que habría evitado el daño neurológico irreversible de la niña.
En casos de negligencias médicas, los tribunales deben evaluar si el profesional de la salud actuó con la debida diligencia o si, por el contrario, su falta de actuación privó a la madre o al bebé de recibir la atención ginecológica oportuna y adecuada durante el embarazo, el parto o ante situaciones de sufrimiento fetal.
Contar con la asesoría de un abogado especializado puede marcar una diferencia significativa en el resultado del caso. La complejidad de los procedimientos legales y la naturaleza técnica de la medicina requieren que las víctimas tengan el respaldo de un profesional experimentado que conozca los entresijos de la ley y la práctica médica. Un abogado experto en negligencias médicas puede ayudar a las víctimas en el complicado terreno legal, asegurando que se sigan todos los pasos necesarios para presentar una reclamación efectiva.
Si ha experimentado complicaciones ginecológicas, problemas durante el embarazo o el parto, y considera que hubo errores, omisiones o retrasos en el diagnóstico o tratamiento debido a una posible negligencia médica, en nuestro despacho de abogados ofrecemos más de 30 años de experiencia en la gestión de reclamaciones por responsabilidad patrimonial y negligencia médica. Nuestro equipo legal cuenta con la experiencia y el compromiso necesarios para asesorarle de manera profesional, investigando a fondo su caso, defendiendo sus derechos para obtener la compensación que le corresponde.
No dude en contactarnos para una consulta inicial y analizar juntos cómo podemos apoyarle y acompañarle en este proceso.
¿Cómo podemos ayudarle?
C/ Montalbán, 3. 4º Dcha. 28014. Madrid
(Junto al Ayuntamiento de Madrid -Palacio de Cibeles)
C/ Carril del Picón, 3. 1º A. 18002. Granada
© 2024 Castillo-Calvín.